La celebración del Año jubilar no sólo constituye una
ocasión singular para aprovechar el gran don de las indulgencias, que el Señor
nos hace mediante la Iglesia, sino que también es una feliz oportunidad para
volver a presentar a la consideración de los fieles la catequesis sobre las
indulgencias. Por eso, la Penitenciaría apostólica publica, para utilidad de
cuantos realizan las visitas jubilares, este aviso sagrado.
INDICACIONES DE ÍNDOLE GENERAL
SOBRE LAS INDULGENCIAS
1. El «Código de derecho canónico» (c. 992) y el
«Catecismo de la Iglesia católica» (n. 1471), definen así la indulgencia: «La
indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya
perdonados, en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo
determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como
administradora de la redención,
distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos».
distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos».
2. En general, para lucrar las indulgencias hace falta
cumplir determinadas condiciones (las enumeramos en los números 3 y 4) y
realizar determinadas obras (en los números 8, 9 y 10 se indican las que
corresponden al Año santo).
3. Para lucrar las indulgencias, tanto plenarias como
parciales, es preciso que, al menos antes de cumplir las últimas exigencias de
la obra indulgenciada, el fiel se halle en estado de gracia.
4. La indulgencia plenaria sólo se puede obtener una vez
al día. Pero, para conseguirla, además del estado de gracia, es necesario que
el fiel
- tenga la disposición interior de un desapego total del
pecado, incluso venial;
- se confiese sacramentalmeпte de sus pecados;
- reciba la sagrada Eucaristía (ciertamente, es mejor
recibirla participando en la santa misa, pero para la indulgencia sólo es
necesaria la sagrada Comunión);
- ore según las intenciones del Romano Pontífice.
5. Es conveniente, pero no necesario, que la confesión
sacramental, y especialmente la sagrada Comunión y la oración por las
intenciones del Papa, se hagan el mismo día en que se realiza la obra
indulgenciada; pero es suficiente que estos sagrados ritos y oraciones se
realicen dentro de algunos días (unos veinte) antes o después del acto
indulgenciado. La oración según la mente del Papa queda a elección de los
fieles, pero se sugiere un «Padrenuestro» y un «Avemaría». Para varias
indulgencias plenarias basta una confesión sacramental, pero para cada
indulgencia plenaria se requiere una distinta sagrada Comunión y una distinta
oración según la mente del Santo Padre.
6. Los confesores pueden conmutar, en favor de los que
estén legítimamente impedidos, tanto la obra prescrita como las condiciones
requeridas (obviamente, excepto el desapego del pecado, incluso venial).
7. Las indulgencias siempre son aplicables o a sí mismos
o a las almas de los difuntos, pero no son aplicables a otras personas vivas en
la tierra.
ASPECTOS PROPIOS DEL AÑO JUBILAR
Cumplidas las necesarias condiciones, indicadas en los
números 3 y 4, los fieles pueden lucrar la indulgencia jubilar realizando una
de las siguientes obras, enumeradas aquí en tres categorías:
8. Obras de piedad o religión
- O hacer una peregrinación piadosa a un santuario o
lugar jubilar (para Roma: una de las cuatro basílicas patriarcales, es decir,
San Pedro, San Juan de Letrán, Santa María la Mayor y San Pablo, o también a la
basílica de Santa Cruz de Jerusalén, a la basílica de San Lorenzo en Campo Verano,
al santuario de la Virgen del Amor Divino o a una de las catacumbas
cristianas), participando en la santa misa o en otra celebración litúrgica
(Laudes o Vísperas) o en un ejercicio de piedad (vía crucis, rosario, rezo del
himno «Akáthistos», etc.),
- o hacer una visita piadosa, en grupo o individualmente,
a uno de esos lugares jubilares, participando en la adoración eucarística y en
meditaciones piadosas, concluyéndolas con el « Padrenuestro », el « Credo » y
una invocación a la Virgen María.
9. Obras de misericordia o caridad
- O visitar, durante un tiempo conveniente, a hermanos
necesitados o que atraviesan dificultades (enfermos, detenidos, ancianos solos,
discapacitados, etc.), como realizando una peregrinación hacia Cristo presente
en ellos;
- o apoyar con un donativo significativo obras de
carácter religioso o social (en favor de la infancia abandonada, de la juventud
en dificultad, de los ancianos necesitados, de los extranjeros que, en los
diversos países, buscan mejores condiciones de vida);
- o dedicar una parte conveniente del propio tiempo libre
a actividades útiles para la comunidad u otras formas similares de sacrificio
personal.
10. Obras de penitencia
Al menos durante un día
- o abstenerse de consumos superfluos (fumar, bebidas alcohólicas,
etc.);
- o ayunar;
- o hacer abstinencia de carne (u otros alimentos, según
las indicaciones de los Episcopados),
entregando una suma proporcional a los pobres.
Dado en Roma, en la sede de la Penitenciaría apostólica,
el 29 de enero de 2000.
Card.
WILLIAM WAKEFIELD BAUM
Penitenciario
mayor
Mons. LUIGI DE MAGISTRIS
Obispo titular de Nova
Regente
(Fuente: vatican.va)
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